CONSIGNA

POR UNA UNIVERSIDAD PARA LA VIDA, LA PAZ Y LAS LIBERTADES DEMOCRATICAS: ACEU - CAUCA !!!PRESENTE!!!

lunes, 23 de mayo de 2011

La propuesta de reforma mantiene lo sustancial y sin cambios de fondo




Mayo 20/11 Con cambios más estéticos que de fondo, la ministra de

Educación, María Fernanda Campo, presentó la segunda versión de la

propuesta de reforma del Gobierno a la Ley 30 de 1992, con el argumento de

que el nuevo documento es producto del aporte de los colombianos en las

semanas previas de discusión, y señaló -en contrario a sus palabras de

la semana pasada- que radicará el proyecto el próximo 20 de julio,

cuando inicien las nuevas sesiones del Congreso de La República.



La nueva propuesta varía en poco la inicialmente presentada y sólo hace

algunas precisiones con respecto a los cuestionados temas de inversión

privada en la educación pública y las IES con ánimo de lucro, y se

ratifica en la decisión de que las universidades tienen que ratificar su

carácter para no bajar de categoría, y para ello le amplía el plazo a 8

y no 5 años como inicialmente estaba previsto.



Principales novedades al texto de la reforma



1) Los recursos públicos para calidad en educación superior sólo se

destinarán a IES públicas y privadas sin ánimo de lucro; es decir, las

IES con ánimo de lucro no recibirán subsidio alguno de parte del Estado.



2) Se retiran los organismos de tercera parte como organismos de

evaluación de acreditación; es decir, se acogió la "protesta" del CNA y

de académicos que consideraban que era una mercantilización y la puerta

abierta a la creación de empresas consultoras de acreditación.



3) Se generará un mecanismo de transición para exigir el requisito de

maestrías para contratación de nuevos profesores en IES públicas; es

decir, se recoge la inquietud de asociaciones de profesores que defienden

los intereses de quienes no tienen dicho nivel de formación, sino que

también se matiza la discusión sobre el impacto financiero que tendrá

para la universidad pública el incremento salarial como resultado de esta

medida.



4) Se excluye la posibilidad de tomar posesión de las IES y de tomar

medidas cautelares; es decir, el gobierno se protege de demandas por

vicios judiciales y constitucionales en el procedimiento.



5) Se incrementan los requisitos para la operación de las nuevas IES con

ánimo de lucro, tales como:



- Autorizar por un término de cinco años, renovables hasta qué obtengan

la acreditación institucional

- Se confirma que quedan sujetas a inspección y vigilancia del MEN y de

Supersociedades

- Sólo podrán distribuir utilidades cuando tengan sostenibilidad

financiera - Para evitar posiciones dominantes, se prohíbe que una IES

organizada por acciones pueda tener un número de estudiantes matriculados

que supere el 10% del total de matrículas que ofrezcan las IES en el

país

- Opcional. Se establecerá un porcentaje de la renta gravable de las IES

con ánimo de lucro para que se destine a un fondo de garantías para

crédito educativo y fomento de las públicas

- El capital pagado con el que se constituyan debe ser suficiente para

garantizar por lo menos el 50% de recursos que garanticen la terminación

de la primera cohorte

- Deben reportarse las hojas de vida de los constituyentes para establecer

el origen de sus aportes a través de Minhacienda

- Debe darse información de nuevos socios o su relevo y dar información

sobre beneficiarios de la sociedad

- Para aquellos estudiantes que ingresen con crédito educativo a una IES

con ánimo de lucro, las IES deberán ser garantes –avalar- parcial y

decrecientemente de dichos créditos.. para evitar subsidios del

presupuesto nacional en ies con ánimo de lucro.



Es decir, con estas medidas el MEN pretende acallar las críticas de los

distintos sectores académicos que consideran que la creación de IES con

ánimo de lucro constituyen una mercantilización y detrimento de la

calidad de la educación superior. Se aumentan los requisitos para su

operación, pero la figura de operación se mantiene.



6) La oferta de los programas depende de la capacidad de la IES verificada

por el sistema de aseguramiento y no de la tipología de la misma.



Es decir, se mantiene el privilegio para las IES que, a hoy, no son

universidades, y no se hace alusión a las críticas sobre la extensión

plena de la autonomía para estas instituciones. Se mantiene la molestia

de parte de las universidades "tradicionales" que se ven en competencia

desleal con las que no son universidades, y a estas últimas se les abre

plenamente su panorama de operación.



7) Se ajusta el periodo previsto de 5 a 8 años para que las IES puedan

mantenerse como universidad; es decir, a pesar del anuncio del MEN para

extender el plazo, se mantiene la decisión y se corre el riesgo de que el

texto caiga en un vacío de constitucionalidad al desconocer derechos ya

adquiridos por estas instituciones.



8) Los programas de doctorado sólo podrán ser desarrollados por las

Universidades y por las IES que cuenten con acreditación institucional.

En cuanto a las especializaciones médico – quirúrgicas tendrán el

nivel de maestría y cuando involucren la formación investigativa, el de

un doctorado según el concepto de CONACES. Es decir, se hace una

variación al ítem 6, y sólo se restringe la oferta de doctorados para

que IES que no sean universidades no los puedan ofertar. Las actuales

instituciones técnicas y tecnológicas podrían, inclusive, ofertar

maestrías y especializaciones, pero no doctorados.



9) Se crean los comités departamentales de educación superior, con

representación en el CESU. Es decir, se amplía el CESU, para algunos es

una democratización de la toma de decisiones, mientras que para otros es

una cuota de clientelismo y politiquería.



10) Se mantiene la estructura actual de los consejos superiores y se

incorpora la propuesta del consejo académico como máxima autoridad

académica en las IES públicas. Es decir, se recupera una figura propia

de la academia, que se estaba considerando violada por parte del Estado y

en respuesta a la acusación de intervencionismo y afectación de la

autonomía universitaria.



Otros anuncios:



- Fortalecimiento del programa de articulación para graduar bachilleres

que hayan avanzado en su formación técnica profesional.



- Se reconfigura el sistema y se refuerza la autonomía en la

denominación de las IES, manteniendo la de “Universidad”, con

condiciones específicas



- Fomentar el reconocimiento de competencias y créditos obtenidos en el

sistema de formación para el trabajo y el desarrollo humano



- Se amplía el capítulo sobre internacionalización



Las IES públicas se darán y modificarán sus estatutos en ejercicio de

la autonomía, únicamente en caso de modificación de la denominación se

podrá requerir un aval del ministerio.





--

Secretaria de Comunicaciones

Asociacion Colombiana de

Estudiantes Universitarios

No hay comentarios: